Iniciativa Para un Tratado de Paz – Preguntas Frecuentes

¿Qué dispone actualmente el derecho internacional sobre negociaciones de paz?

  • Prácticamente nada. El artículo 33.1 de la Carta de las Naciones Unidas estipula que “Las partes en una controversia cuya continuación sea susceptible de poner en peligro el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales tratarán de buscarle solución, ante todo, mediante la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a organismos o acuerdos regionales u otros medios pacíficos de su elección.”  Sin embargo, ningún convenio internacional ofrece incentivos jurídicos ni un marco organizado para que la decisión de negociar la paz sea más atractiva desde principio, más flexible y organizada durante el proceso y más estable al final.

¿Puede llenarse este vacío con principios y directrices de carácter voluntario?

  • Los principios y las directrices de carácter voluntario pueden ser útiles para los profesionales, pero un vacío legal sólo puede llenarse –y sólo pueden crearse los incentivos y las garantías jurídicas– mediante un instrumento jurídico.

¿Por qué querrían los Estados firmar un tratado sobre negociaciones de paz? 

  • Los conflictos cobran un alto precio a los Estados y sus ciudadanos, quienes agradecerían un tratado que facilite el fin de las guerras. Dicho esto, el contenido final del tratado determinará el nivel de interés del Estado. Los Estados suscriben tratados multilaterales cuando los beneficios de hacerlo son mayores que las cargas que ello acarrea.

¿Existe un borrador de cómo sería el tratado?

  • Sí. Se trata de un texto orientador sujeto a la retroalimentación que surja del próximo proceso de consulta mundial (véase más abajo).

¿Podría el tratado llevar a una situación en la que se imponga la negociación a un Estado que no esté dispuesto a ello?

  • No. Si bien la existencia del tratado aumentaría el atractivo y la estabilidad de las negociaciones de paz, cada Estado Parte mantendría el control sobre las situaciones que desea que se manejen en virtud del tratado.

¿Podría el tratado correr el riesgo de reducir la flexibilidad o la confidencialidad que requieren las partes negociadoras?

  • No. Uno de los objetivos centrales del tratado propuesto es aumentar la flexibilidad y el control que las partes negociadoras tienen sobre el proceso y a la vez proporcionarles nuevos mecanismos de apoyo y un nuevo sistema para la validación de sus decisiones clave.

¿Limitaría el tratado aquello que las partes negociadoras pueden acordar?

  • No. Las partes controlarían todas las decisiones. A la vez, el tratado podría ofrecer considerables ventajas que no están disponibles hoy en día. Por ejemplo, como se refleja en el texto orientador, se podría otorgar “presunción de cumplimiento” con el derecho internacional a un acuerdo de paz que refleje unos determinados criterios mínimos, lo cual aumentaría el respeto internacional hacia el acuerdo.

¿Modificaría o mejoraría el estatus jurídico de grupos armados no estatales?

  • No. El texto orientador hace más atractivo para los grupos armados no estatales el hecho de tomar la decisión de negociar, pero excluye cualquier cambio de su estatus jurídico en virtud de dicha decisión.

¿Limitaría el tratado el uso de la fuerza por parte de los Estados?

  • No. El texto orientador prevé que los derechos y las obligaciones legales internacionales ya existentes de los Estados sobre el momento y la forma en que pueden usar la fuerza, permanezcan sin cambios.

¿Puedo consultar el texto orientador del tratado?

  • El texto – que se seguirá ajustando según los resultados del proceso de consulta – se compartirá inicialmente en una serie de eventos y talleres regionales y temáticos de alto nivel que se llevarán a cabo en el transcurso del segundo semestre de 2021, en colaboración con reconocidas instituciones multilaterales, académicas y sin ánimo de lucro a nivel mundial.

¿Quién apoya esta iniciativa?

  • IFIT facilita el proceso de consulta mundial y cuenta con el apoyo de un Grupo Asesor de Expertos de alto nivel. En términos más generales, la iniciativa cuenta con el apoyo de donantes y expertos globales de la red de  IFIT, incluyendo miembros del Grupo de Práctica en Derecho y Paz. Con el tiempo, se creará una alianza estratégica hecha a medida para llevar el tratado a buen término.

¿Cómo puede participar mi institución o yo?

  • Usted puede registrarse para recibir nuestro boletín de noticias sobre el tratado, donde se anunciarán los eventos y talleres de consulta. Además, si su institución quiere participar o apoyar de  forma activa, puede enviar una propuesta (de un párrafo) a [email protected].

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